Macusani, 08 de mayo 2013

Según la solicitud presentada por Riveros Luque ante el JNE el 19 de abril del año 2013, el fiscalizador habría ejercido funciones administrativas y ejecutivas, lo que según la Ley es causal de vacancia por usurpación de funciones.
Según los fundamentos del hecho, el concejal ejerció funciones administrativas y ejecutivas en lugar del alcalde y del gerente municipal durante el tiempo que estuvo como burgomaestre encargado de la municipalidad de Carabaya.
La solicitante de la vacancia acredita como medios probatorios el memorándum N° 107-2012-MPC-M/AP de fecha 9 de abril, mediante el cual el regidor, habría ejercido funciones administrativas.
También adjunta el oficio N° 178-2012-MPC-M/A, con el cual Lino Navarro ejerció funciones administrativas y ejecutivas. Este caso tendrá que ser discutido a nivel del Consejo Provincial.
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